Actualizado en octubre de 2026
Si necesita ayuda para vestirse, comer o moverse, puede pedirla: la ley reconoce la dependencia y da derecho a recibir apoyos. Aquí le explicamos qué ayudas hay y cómo pedirlas.
Los tres grados de dependencia
Un equipo de profesionales visita el domicilio y decide el grado:
- Grado I (moderada): ayuda al menos una vez al día.
- Grado II (severa): ayuda dos o tres veces al día, sin cuidador permanente.
- Grado III (gran dependencia): ayuda varias veces al día con apoyo continuo.
Tipos de ayuda
Servicios (atención directa): ayuda a domicilio (un profesional ayuda en casa), centros de día (atención y compañía durante el día), teleasistencia (un botón para pedir ayuda) y residencia (plaza con atención completa).
Prestaciones económicas (dinero para pagar el cuidado): para contratar a un cuidador profesional, para cuidados en el hogar por un familiar, o para pagar parte de una residencia privada.
En 2026, la prestación por cuidados en el entorno familiar tiene un máximo de 180 €/mes (grado I), 315,90 €/mes (grado II) y 455,40 €/mes (grado III); se reduce según los ingresos y cada comunidad autónoma fija las cuantías concretas.
Cómo solicitarla, paso a paso
- Vaya a los servicios sociales de su ayuntamiento o comunidad autónoma. Puede ir usted, un familiar o una persona de confianza. Lleve el DNI y la tarjeta sanitaria.
- Rellene la solicitud con sus datos y su situación.
- Aporte informes médicos que describan sus limitaciones.
- Reciba la visita de valoración en su domicilio, si es posible con un familiar presente.
- Espere la resolución. La ley marcaba seis meses, pero en junio de 2026 la media rondaba los 314 días. La reforma de 2026 rebaja el plazo legal a tres meses.
- Acuerde el plan individual con un trabajador social: qué ayudas le corresponden.
Qué hacer mientras espera
- Pregunte en servicios sociales por ayudas de emergencia o apoyos temporales (la reforma de 2026 crea un trámite de urgencia y una prestación transitoria para los grados II y III).
- Pida teleasistencia por separado: en muchos municipios tiene plazos más cortos.
- Reparta el cuidado familiar por turnos, para que nadie cargue con todo el peso.
- Anote cada día qué ayuda necesita la persona: servirá para la visita de valoración.
Ejemplo numérico
La prestación por cuidados en el entorno familiar (180–455,40 €/mes según el grado en 2026) suele ser menor que la de un cuidador profesional, que puede llegar hasta 747,25 €/mes en los grados II y III.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar algo por la valoración?
No. La valoración de la dependencia es gratuita.
¿Y si no estoy de acuerdo con el grado que me han dado?
Tiene un mes para reclamar, desde el día siguiente a recibir la carta: primero en vía administrativa, y después en vía judicial si hace falta.
¿Puedo cambiar de ayuda una vez concedida?
Sí. Si su situación cambia, puede pedir una revisión del grado. Y si la ayuda asignada no le funciona, hable con su trabajador social para buscar alternativas.
Fuentes oficiales
- Ley de dependencia: BOE
- IMSERSO: información sobre el sistema de dependencia
- Seguridad Social: información sobre prestaciones
- dependencia.info: la reforma de la Ley de Dependencia de 2026 (plazos y novedades)
- Diputación Foral de Bizkaia: importes de la prestación para cuidados en el entorno familiar
- Plena Inclusión: qué hacer si no está de acuerdo con la resolución de dependencia
